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La expresión “conviva con el contribuyente y» es inconstiticional
- 11 abril, 2012
- Categorias: Fiscal
No hay comentariosUna reciente Sentencia del Tribunal Constitucional declara inconstitucional la expresión «conviva con el contribuyente y» a efectos del mínimo por descendientes en el IRPF.
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Revalorización voluntaria de inmuebles. Normativa contable y fiscal
- 11 abril, 2012
- Categorias: Fiscal
El importe de la revalorización no debe integrarse en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades. Una sociedad que ha procedido a valorar sus bienes inmuebles a través de una empresa externa, fruto de ello, el valor actualizado es superior al que figura en el balance, planteándose si es posible contabilizar tal exceso de valor
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Tratamiento fiscal en el IRPF de las percepciones de los socios de entidades mercantiles
- 11 abril, 2012
- Categorias: Fiscal
La Agencia Tributaria ha emitido una nota informativa acerca del tratamiento en el IRPF de las percepciones de los socios de entidades mercantiles. Como comentamos en nuestra Actualidad Informativa del mes de septiembre de 2011, la Agencia Tributaria efectuó propuestas de liquidación a socios de sociedades, por IVA e IRPF, en las que recalificaba los
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Plan General de Control Tributario para 2012
- 11 abril, 2012
- Categorias: Fiscal
Se han aprobado las directrices generales del Plan General de Control Tributario y Aduanero para 2012. Mediante Resolución de 24 de febrero de 2012, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se han aprobado las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2012. Dicho Plan contiene las
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Cuidado con las notificaciones
- 28 marzo, 2012
- Categorias: Fiscal
Si ya está inscrito en el sistema de notificaciones electrónicas, utilice la posibilidad de seleccionar 30 días naturales al año, durante los cuales Hacienda no podrá depositar notificaciones en la dirección electrónica. Haga uso de esta posibilidad. De este modo podrá hacer coincidir los días que no quiere recibir notificaciones con sus vacaciones, días de
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Cuide sus bases imponibles negativas. Son un ahorro para el futuro
- 16 marzo, 2012
- Categorias: Fiscal
Si ha tenido o tiene bases negativas en la empresa, podrá compensarlas, en términos generales, en los próximos 15 años. No obstante, para cuando Vd. quiera ejercer ese derecho deberá haber cumplido una serie de requisitos, sin los cuales, no podrá compensarlas y por tanto, será como si hubiera tirado un dinero por falta de
