Real Decreto 723/2026: nuevas obligaciones de información sobre las condiciones laborales

Desde el 5 de octubre de 2026, las empresas deben informar de forma clara y por escrito a sus personas trabajadoras sobre los aspectos esenciales de su relación laboral. Es lo que establece el Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre.

En la práctica, esto obliga a revisar si los modelos de contrato y la documentación laboral que utiliza tu empresa recogen toda la información que ahora se exige, y si se entrega en el momento adecuado.

En este artículo resumimos qué cambia, a quién afecta y qué pasos te recomendamos dar para adaptar tu empresa.

Qué establece el Real Decreto 723/2026

El Real Decreto 723/2026 establece nuevas obligaciones para las empresas en materia de información a las personas trabajadoras sobre sus condiciones laborales. Su objetivo es que cada persona conozca, por escrito y con claridad, los elementos esenciales de su relación laboral.

La norma afecta tanto a las nuevas contrataciones como a los contratos que ya estaban vigentes cuando entró en vigor, aunque en cada caso la obligación funciona de forma distinta, como explicamos más abajo.

Qué información debe facilitar la empresa por escrito

La nueva normativa exige informar sobre los aspectos esenciales de la relación laboral. Entre otros:

  • Funciones y categoría profesional de la persona trabajadora.
  • Salario y conceptos variables.
  • Jornada y horarios.
  • Periodo de prueba.
  • Vacaciones.
  • Convenio colectivo aplicable.
  • Procedimientos de extinción y de modificación de las condiciones de trabajo.
  • Sistemas automatizados utilizados en la toma de decisiones laborales, en los términos que fija la norma.

La novedad que más llama la atención: los sistemas automatizados

La norma incluye determinada información sobre los sistemas automatizados que la empresa utilice para tomar decisiones laborales. Es un punto que conviene revisar con calma, porque muchas empresas trabajan con herramientas de software sin haberlas analizado desde esta perspectiva.

Nuestra recomendación es identificar primero qué herramientas intervienen en la gestión de la plantilla y, después, valorar con tu asesor laboral si están afectadas por la obligación de informar.

Cuándo y cómo debe entregarse la información

En las nuevas contrataciones, la información debe facilitarse, con carácter general, antes del inicio de la relación laboral. Puede incorporarse al propio contrato de trabajo o entregarse mediante un documento específico, en papel o en formato electrónico.

En los contratos ya vigentes, la empresa debe facilitar esta información cuando la persona trabajadora lo solicite, en un plazo máximo de 30 días hábiles, siempre que no disponga ya de ella.

Qué deberías revisar en tu empresa ahora

Adaptarse al Real Decreto 723/2026 no exige empezar de cero, pero sí hacer una revisión ordenada. Te proponemos esta lista de comprobación:

  1. Modelos de contrato: comprueba si recogen toda la información obligatoria.
  2. Documento informativo específico: si el contrato no la recoge, prepara una plantilla estándar para entregarla aparte, en papel o en formato electrónico.
  3. Momento de entrega: asegúrate de que la información llega a la persona trabajadora antes de su incorporación.
  4. Constancia de la entrega: define cómo queda registrado que la persona ha recibido la información.
  5. Herramientas automatizadas: identifica qué sistemas intervienen en decisiones laborales.
  6. Circuito para la plantilla actual: decide quién atiende las solicitudes de información y cómo se responde dentro del plazo de 30 días hábiles.

Errores que conviene evitar

  • Pensar que la norma solo afecta a las nuevas contrataciones.
  • Comunicar las condiciones de forma verbal o informal, sin soporte escrito.
  • Entregar la información una vez iniciada la relación laboral, en lugar de antes.

El Real Decreto 723/2026 no es solo una obligación formal: bien aplicado, ordena la información laboral de la empresa y reduce malentendidos con la plantilla.

Te recomendamos revisar y adaptar cuanto antes tus modelos de contratación y documentación laboral, empezando por los contratos que vayas a firmar en las próximas semanas.

El Área Laboral de Grupo JDA puede revisar y adaptar la documentación de tu empresa a la nueva normativa. Habla con nuestro equipo laboral. 

Preguntas frecuentes sobre el Real Decreto 723/2026

¿Cuándo entra en vigor el Real Decreto 723/2026?

Entró en vigor el 5 de octubre de 2026. Desde esa fecha, las empresas deben facilitar por escrito la información sobre las condiciones laborales, con carácter general antes del inicio de cada nueva relación laboral.

¿Tengo que rehacer los contratos de mi plantilla actual?

No necesariamente. En los contratos vigentes, la empresa debe facilitar la información cuando la persona trabajadora la solicite, en un plazo máximo de 30 días hábiles, siempre que no disponga ya de ella. Aun así, conviene tener la documentación preparada.

¿Puede entregarse la información en formato electrónico?

Sí. La información puede incorporarse al propio contrato o facilitarse mediante un documento específico, en papel o en formato electrónico.

¿Qué información debe incluirse?

Entre otros aspectos: funciones y categoría profesional, salario y conceptos variables, jornada y horarios, periodo de prueba, vacaciones, convenio colectivo aplicable, procedimientos de extinción y modificación de las condiciones de trabajo, y determinada información sobre sistemas automatizados utilizados en decisiones laborales.



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