Medidas fiscales de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo

 

Con entrada en vigor el día 24 de febrero de 2013, se han promulgado una serie de normas tendentes al apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo que en un primer avance reseñamos las que afectan al ámbito fiscal.

Impuesto sobre Sociedades. Entidades de nueva creación 

Las entidades de nueva creación, constituidas a partir de 1 de enero de 2013 que realicen actividades económicas tributarán, en el primer periodo impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente, como sigue: 

  • Hasta 300.000 euros, al 15 por 100. Por la parte de base imponible restante, al 20 por 100. 
  • No se entenderá iniciada una actividad económica:
    1. Cuando la actividad económica hubiera sido realizada con carácter previo por otras personas o entidades vinculadas y transmitida, por cualquier título jurídico, a la entidad de nueva creación.
    2. Cuando la actividad económica hubiera sido ejercida, durante el año anterior a la creación de la entidad, por una persona física que ostente una participación, directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de la entidad de nueva creación superior al 50 por 100. 
  • No tendrán la consideración de entidades de nueva creación aquellas que formen parte de un grupo en los términos establecidos en el art. 42 del Código de Comercio.
 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Para los contribuyentes que hubieran iniciado el ejercicio de una actividad económica a partir de 1 de enero de 2013 serán de aplicación las siguientes medidas:

  • Se suprime el límite de exención de 15.500 euros para la capitalización del desempleo. 
  • Se aplicará una reducción del 20 por 100 del rendimiento neto en nuevas actividades en estimación directa en los dos primeros ejercicios con resultados positivos con las siguientes excepciones: 
  1. Con el límite en la cuantía de rendimientos de 100.000 euros.
  2. No se aplica si el 50 por 100 de los ingresos provienen de un empleador anterior en el último año.

  

Con entrada en vigor el día 24 de febrero de 2013, se han promulgado una serie de normas tendentes al apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo que en un primer avance reseñamos las que afectan al ámbito fiscal.

Impuesto sobre Sociedades. Entidades de nueva creación 

Las entidades de nueva creación, constituidas a partir de 1 de enero de 2013 que realicen actividades económicas tributarán, en el primer periodo impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente, como sigue: 

  • Hasta 300.000 euros, al 15 por 100. Por la parte de base imponible restante, al 20 por 100. 
  • No se entenderá iniciada una actividad económica:
    1. Cuando la actividad económica hubiera sido realizada con carácter previo por otras personas o entidades vinculadas y transmitida, por cualquier título jurídico, a la entidad de nueva creación.
    2. Cuando la actividad económica hubiera sido ejercida, durante el año anterior a la creación de la entidad, por una persona física que ostente una participación, directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de la entidad de nueva creación superior al 50 por 100. 
  • No tendrán la consideración de entidades de nueva creación aquellas que formen parte de un grupo en los términos establecidos en el art. 42 del Código de Comercio.
 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Para los contribuyentes que hubieran iniciado el ejercicio de una actividad económica a partir de 1 de enero de 2013 serán de aplicación las siguientes medidas:

  • Se suprime el límite de exención de 15.500 euros para la capitalización del desempleo. 
  • Se aplicará una reducción del 20 por 100 del rendimiento neto en nuevas actividades en estimación directa en los dos primeros ejercicios con resultados positivos con las siguientes excepciones: 
  1. Con el límite en la cuantía de rendimientos de 100.000 euros.
  2. No se aplica si el 50 por 100 de los ingresos provienen de un empleador anterior en el último año.

 



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