Directrices Generales del Plan General de Control Tributario 2013

 

 

Mediante Resolución de 8 de marzo de 2013, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se han aprobado las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2013

En el ámbito específico de la lucha contra el fraude, las actuaciones de prevención y control más relevante se desarrollarán en tres grandes áreas:

  • Comprobación e investigación del fraude tributario y aduanero
  • Control del fraude en fase recaudatoria
  • Colaboración con las administraciones tributarias  de las Comunidades Autónomas 

Siendo áreas de actuación preferente de la comprobación e investigación del fraude:

  • La obtención de información
  • La economía sumergida
  • La fiscalidad internacional
  • La planificación fiscal agresiva
  • El fraude organizado
  • La prestación de servicios personales de alto valor
  • El control sobre operaciones, regímenes y sectores específicos
  • Los productos objeto de impuestos especiales
  • El control aduanero
  • La prevención y represión de contrabando, narcotráfico y blanqueo de capitales 

Entrando en detalle, en el marco de sus planes de control, la Agencia Tributaria incidirá en los siguientes aspectos: 

 

Actuaciones de carácter preventivo

Regularización voluntaria de la situación tributaria. La Agencia Tributaria analizará si los contribuyentes que se han acogido a procesos de regularización voluntaria de su situación fiscal se han ajustado a la normativa reguladora de dichos procesos. 

Intercambio de información con otras Administraciones. Se pondrá el acento en la suscripción y ejecución efectiva de acuerdos de intercambio de información con otras Administraciones, tanto nacionales como internacionales. 

Ámbito internacional. Se continuará desempeñando un papel activo en el intercambio de información con otras Administraciones Tributarias en el marco de los acuerdos de intercambio de información suscritos por la Agencia Tributaria, con la finalidad de obtener información que permita el descubrimiento de patrimonios y fuentes de renta radicados en territorios calificados tradicionalmente como territorios de baja tributación o paraísos fiscales. 

Se creará una nueva Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional y se dedicará atención preferente a los contribuyentes que no hayan presentado la declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero, así como a aquellos cuya residencia fiscal se halle en territorios de baja imposición y a los movimientos en efectivo por parte de viajeros cuando deban ser objeto de declaración previa. También pondrá especial énfasis en pagos al exterior de especial relevancia, operaciones con países que han dejado de figurar como paraísos fiscales. 

Economía sumergida y rentas no declaradas. Se intensificará la lucha contra la economía sumergida y la presencia de los órganos de control en la calle para la realización de controles masivos y actuaciones de captación de información presenciales sobre actividades económicas abiertas al público, recintos aduaneros y establecimientos autorizados. 

La Agencia Tributaria realizará actuaciones presenciales destinadas a la detección de alquileres u otras actividades no declaradas a partir de los datos de consumo de energía.

Además, intensificará la colaboración con la Seguridad Social.

Incumplimiento de la limitación de pagos en efectivo. Novedoso en 2013 será el análisis de las denuncias que se pudieran presentar por incumplimiento de la limitación de pagos en efectivo por importe superior a 2.500 euros. 

Evasión fiscal internacional. Se potenciará la lucha contra la evasión fiscal internacional en línea con las más modernas directrices de las organizaciones internacionales de las que España y la Agencia Tributaria forman parte. 

Declaración de bienes y derechos situados en el extranjero. Se iniciará en 2013 la verificación de la correcta cumplimentación de la nueva declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero. 

Esquema de planificación fiscal. Continuará el control de la utilización de esquemas de planificación fiscal agresiva por entidades residentes, como la utilización indebida de fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, la deducción artificiosa de gastos financieros o el aprovechamiento indebido de pérdidas o bases imponibles negativas. 

Actuaciones de investigación contra las tramas organizadas de fraude. Seguirán siendo prioritarias las actuaciones de investigación contra las tramas organizadas de fraude tributario, aduanero, contrabando y blanqueo de capitales, especialmente las relacionadas con la introducción en territorio aduanero comunitario de mercancías procedentes de países asiáticos. 

Actividades profesionales. Las actividades profesionales seguirán siendo objeto de atención preferente así como la comprobación conjunta de grupos familiares y sociedades en las que participan.

Juego “on-line” y comercio electrónico. Será novedosa en 2013 la comprobación de las actividades de juego “on-line”, el control de la tributación de los premios y la investigación  de las actividades de comercio electrónico. 

Productos sujetos a impuestos especiales. En el ámbito de los productos sujetos a impuestos especiales se iniciará el control de la circulación dentro del territorio nacional bajo el nuevo modelo de control de la circulación intracomunitaria. 

Operaciones vinculadas. El control se centrará en los servicios intragrupo y en los acuerdos de reparto de costes en el marco de las operaciones vinculadas y cumplimiento de las obligaciones de documentación, principalmente de ámbito internacional. 

Impuesto sobre Sociedades. La Agencia Tributaria revisará la limitación de la deducibilidad  de gastos financieros y la compensación indebida de bases imponibles negativas. Igualmente, prestará especial atención en el cálculo de los pagos fraccionados, en particular, el de las grandes empresas, teniendo en cuenta las nuevas limitaciones y los pagos mínimos. Finalmente, se reitera la intención de comprobar las operaciones de reorganización empresarial (como fusiones y escisiones).

Impuesto al Valor Añadido. Se anuncia un especial seguimiento de la aplicación de la regla de inversión del sujeto pasivo por parte de contratistas y subcontratistas. Así mismo continuará el control de los contribuyentes en régimen de módulos en cuanto a la emisión de facturas irregulares y a las actividades profesionales.

 

 

Mediante Resolución de 8 de marzo de 2013, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se han aprobado las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2013

En el ámbito específico de la lucha contra el fraude, las actuaciones de prevención y control más relevante se desarrollarán en tres grandes áreas:

  • Comprobación e investigación del fraude tributario y aduanero
  • Control del fraude en fase recaudatoria
  • Colaboración con las administraciones tributarias  de las Comunidades Autónomas 

Siendo áreas de actuación preferente de la comprobación e investigación del fraude:

  • La obtención de información
  • La economía sumergida
  • La fiscalidad internacional
  • La planificación fiscal agresiva
  • El fraude organizado
  • La prestación de servicios personales de alto valor
  • El control sobre operaciones, regímenes y sectores específicos
  • Los productos objeto de impuestos especiales
  • El control aduanero
  • La prevención y represión de contrabando, narcotráfico y blanqueo de capitales 

Entrando en detalle, en el marco de sus planes de control, la Agencia Tributaria incidirá en los siguientes aspectos: 

 

Actuaciones de carácter preventivo

Regularización voluntaria de la situación tributaria. La Agencia Tributaria analizará si los contribuyentes que se han acogido a procesos de regularización voluntaria de su situación fiscal se han ajustado a la normativa reguladora de dichos procesos. 

Intercambio de información con otras Administraciones. Se pondrá el acento en la suscripción y ejecución efectiva de acuerdos de intercambio de información con otras Administraciones, tanto nacionales como internacionales. 

Ámbito internacional. Se continuará desempeñando un papel activo en el intercambio de información con otras Administraciones Tributarias en el marco de los acuerdos de intercambio de información suscritos por la Agencia Tributaria, con la finalidad de obtener información que permita el descubrimiento de patrimonios y fuentes de renta radicados en territorios calificados tradicionalmente como territorios de baja tributación o paraísos fiscales. 

Se creará una nueva Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional y se dedicará atención preferente a los contribuyentes que no hayan presentado la declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero, así como a aquellos cuya residencia fiscal se halle en territorios de baja imposición y a los movimientos en efectivo por parte de viajeros cuando deban ser objeto de declaración previa. También pondrá especial énfasis en pagos al exterior de especial relevancia, operaciones con países que han dejado de figurar como paraísos fiscales. 

Economía sumergida y rentas no declaradas. Se intensificará la lucha contra la economía sumergida y la presencia de los órganos de control en la calle para la realización de controles masivos y actuaciones de captación de información presenciales sobre actividades económicas abiertas al público, recintos aduaneros y establecimientos autorizados. 

La Agencia Tributaria realizará actuaciones presenciales destinadas a la detección de alquileres u otras actividades no declaradas a partir de los datos de consumo de energía.

Además, intensificará la colaboración con la Seguridad Social.

Incumplimiento de la limitación de pagos en efectivo. Novedoso en 2013 será el análisis de las denuncias que se pudieran presentar por incumplimiento de la limitación de pagos en efectivo por importe superior a 2.500 euros. 

Evasión fiscal internacional. Se potenciará la lucha contra la evasión fiscal internacional en línea con las más modernas directrices de las organizaciones internacionales de las que España y la Agencia Tributaria forman parte. 

Declaración de bienes y derechos situados en el extranjero. Se iniciará en 2013 la verificación de la correcta cumplimentación de la nueva declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero. 

Esquema de planificación fiscal. Continuará el control de la utilización de esquemas de planificación fiscal agresiva por entidades residentes, como la utilización indebida de fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, la deducción artificiosa de gastos financieros o el aprovechamiento indebido de pérdidas o bases imponibles negativas. 

Actuaciones de investigación contra las tramas organizadas de fraude. Seguirán siendo prioritarias las actuaciones de investigación contra las tramas organizadas de fraude tributario, aduanero, contrabando y blanqueo de capitales, especialmente las relacionadas con la introducción en territorio aduanero comunitario de mercancías procedentes de países asiáticos. 

Actividades profesionales. Las actividades profesionales seguirán siendo objeto de atención preferente así como la comprobación conjunta de grupos familiares y sociedades en las que participan.

Juego “on-line” y comercio electrónico. Será novedosa en 2013 la comprobación de las actividades de juego “on-line”, el control de la tributación de los premios y la investigación  de las actividades de comercio electrónico. 

Productos sujetos a impuestos especiales. En el ámbito de los productos sujetos a impuestos especiales se iniciará el control de la circulación dentro del territorio nacional bajo el nuevo modelo de control de la circulación intracomunitaria. 

Operaciones vinculadas. El control se centrará en los servicios intragrupo y en los acuerdos de reparto de costes en el marco de las operaciones vinculadas y cumplimiento de las obligaciones de documentación, principalmente de ámbito internacional. 

Impuesto sobre Sociedades. La Agencia Tributaria revisará la limitación de la deducibilidad  de gastos financieros y la compensación indebida de bases imponibles negativas. Igualmente, prestará especial atención en el cálculo de los pagos fraccionados, en particular, el de las grandes empresas, teniendo en cuenta las nuevas limitaciones y los pagos mínimos. Finalmente, se reitera la intención de comprobar las operaciones de reorganización empresarial (como fusiones y escisiones).

Impuesto al Valor Añadido. Se anuncia un especial seguimiento de la aplicación de la regla de inversión del sujeto pasivo por parte de contratistas y subcontratistas. Así mismo continuará el control de los contribuyentes en régimen de módulos en cuanto a la emisión de facturas irregulares y a las actividades profesionales.

 

Control en fase recaudatoria

Coordinación con los órganos liquidadores. Se impulsarán las actuaciones de coordinación con los órganos liquidadores para incrementar el cobro de las liquidaciones tributarias y aduaneras; se especializarán equipos y unidades, y se establecerán protocolos de actuación ante los fraudes más complejos y graves, como insolvencias aparentes, autoliquidaciones sin ingreso, delitos, sociedades sin patrimonio, procesos concursales; se potenciarán las acciones penales por insolvencia punible; y se realizará una vigilancia patrimonial más intensa sobre los deudores para evitar el vaciamiento patrimonial, adoptando las medidas cautelares que sean pertinentes. 

Colaboración con las administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas.El intercambio de información con las administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas, constituye línea prioritaria de actuación.

 



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