Cambios en los modelos 390, 349, 347 y 190

Se ha publicado el Proyecto de Orden de modificación de las órdenes EHA/3111/2009, de 5 de noviembre; EHA/769/2010, de 18 de marzo, HAC/3625/2003, de 23 de diciembre y HAP/2194/2013, de 22 de noviembre.

Con respecto a la transposición de la Directiva (UE) 2018/1910 respecto de los anteproyectos de modificación de la Ley del IVA y su Reglamento, se persigue una armonización y simplificación de determinadas normas en el ámbito del IVA, que también se plasma en la necesidad de hacer una nueva regulación de las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.

 

Por lo que se refiere al modelo 349 de «Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias»:

Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden EHA/769/2010, de 18 de marzo:

  • Se obliga a presentar la declaración recapitulativa a quienes realicen transferencias de bienes expedidos o transportados desde el territorio de aplicación del Impuesto con destino a otro Estado miembro en el marco de acuerdos de ventas de bienes en consigna.
  • Se suprime el plazo de presentación de este modelo para períodos anuales de declaración. La supresión del plazo de presentación anual no afecta a la presentación del 2019 a presentar en enero de 2020.
  • Se sustituyen los anexos I (modelo 349) y II (diseños físicos y lógicos a los que deben ajustarse los archivos que se generen para la presentación telemática y los soportes directamente legibles por ordenador del modelo 349).

 

En relación con el modelo 390 de «Declaración anual de operaciones con terceras personas»:

  • Se da nueva denominación a la casilla 662 para hacerla más descriptiva y evitar confusiones, pasando a denominarse: «Cuotas pendientes de compensación generadas en el ejercicio y distintas de las incluidas en la casilla 97».

 

Por último, también se modifica la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria:

Se suprime la presentación telemática mediante mensaje SMS de la declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido, modelo 390, la Declaración anual de operaciones con terceras personas, modelo 347 y el modelo 190 «Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta. Resumen anual». Estos cambios serán aplicables a las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2019 y siguientes.


JDA/SFAI 



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