Obligación de comunicar las transacciones económicas con el exterior

 

Les recordamos que a partir del año 2013, mediante circular del Banco de España 4/2012, se estableció la obligación periódica de suministrar información respecto a las transacciones económicas y saldos de activos y pasivos financieros con el exterior.

OBLIGADOS

Los obligados a declarar será cualquier persona física o jurídica residente en España:

  • que realicen transacciones con un no residente; ó
  • que mantengan activos o pasivos  en países distintos de España.

PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN

La declaración se presentará en función de los siguientes parámetros:

Obligación de comunicar las transacciones económicas con el exterior 0

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Se establece en los 20 días siguientes a la finalización del periodo, en el caso de la declaración anual el plazo para la declaración del ejercicio 2013 finaliza el día 20 de enero de 2014.

La declaración se presentara al Banco de España exclusivamente de forma telemática (con firma digital), a través de sus formularios disponibles en su Web.

Nuestros asesores fiscales quedan a su disposición para ofrecerle información adicional sobre el contenido de este documento.

 

Les recordamos que a partir del año 2013, mediante circular del Banco de España 4/2012, se estableció la obligación periódica de suministrar información respecto a las transacciones económicas y saldos de activos y pasivos financieros con el exterior.

OBLIGADOS

Los obligados a declarar será cualquier persona física o jurídica residente en España:

  • que realicen transacciones con un no residente; ó
  • que mantengan activos o pasivos  en países distintos de España.

 PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN

La declaración se presentará en función de los siguientes parámetros:

 Obligación de comunicar las transacciones económicas con el exterior 1

 PLAZO DE PRESENTACIÓN

Se establece en los 20 días siguientes a la finalización del periodo, en el caso de la declaración anual el plazo para la declaración del ejercicio 2013 finaliza el día 20 de enero de 2014.

La declaración se presentara al Banco de España exclusivamente de forma telemática (con firma digital), a través de sus formularios disponibles en su Web.

Nuestros asesores fiscales quedan a su disposición para ofrecerle información adicional sobre el contenido de este documento.

 

 



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