Planes de Igualdad y Registro Retributivo para Empresas

El Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, establece un nuevo marco jurídico en materia de igualdad. Uno de sus aspectos más relevantes en el ámbito laboral es la obligatoriedad para las empresas de disponer de un Plan de Igualdad y de un Registro Salarial que recoja los salarios medios de cada puesto de trabajo, desglosados por sexo.
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¿Qué es un Plan de Igualdad?
Un Plan de Igualdad es un conjunto ordenado de medidas, evaluables y adaptadas a la realidad de cada empresa, dirigidas a eliminar las barreras que impiden la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.
Estas medidas se basan en un diagnóstico previo que analiza las principales áreas de la organización: acceso al empleo, clasificación profesional, formación, promoción, condiciones salariales, conciliación, infrarrepresentación femenina y prevención del acoso, entre otras.
¿Cuándo es obligatorio tener un Plan de Igualdad?
La normativa establece la obligatoriedad del Plan de Igualdad según el tamaño de la plantilla:
- Empresas de 151 a 250 trabajadores: desde marzo de 2020.
- Empresas de 101 a 150 trabajadores: desde marzo de 2021.
- Empresas de 50 a 100 trabajadores: desde marzo de 2022.
También puede exigirse a empresas de cualquier tamaño por convenio colectivo o resolución administrativa.
Ventajas competitivas para tu empresa de contar con un Plan de Igualdad
Implantar un Plan de Igualdad en la empresa no solo es una obligación legal, sino una decisión estratégica que puede generar importantes beneficios a corto y largo plazo. Entre las ventajas más relevantes destacan:
- Acceso a licitaciones y contratación pública: muchas administraciones exigen contar con un Plan de Igualdad como requisito obligatorio.
- Reducción de riesgos legales y sanciones: el cumplimiento normativo en materia de igualdad evita inspecciones, sanciones económicas y reclamaciones internas.
- Mejora del clima laboral y del compromiso interno: una cultura organizativa basada en la igualdad favorece la retención del talento y reduce los conflictos.
- Aumento de la reputación corporativa: posiciona a la empresa como socialmente responsable ante clientes, inversores y el mercado laboral.
- Facilita la atracción de talento cualificado: los profesionales valoran cada vez más trabajar en organizaciones comprometidas con la igualdad real.
- Mayor eficiencia organizativa: el análisis del plan ayuda a optimizar procesos internos de selección, promoción y retribución, fomentando la transparencia y la meritocracia.
- Cumplimiento de los ODS y criterios ESG: tener un Plan de Igualdad contribuye al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y mejora la calificación en materia de sostenibilidad y buen gobierno.
En resumen, un Plan de Igualdad bien diseñado y gestionado no solo garantiza el cumplimiento legal, sino que se convierte en una herramienta de transformación empresarial.
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¿Qué es el Registro Retributivo y cuándo es obligatorio?
El registro salarial (o registro retributivo) es obligatorio para todas las empresas desde el 14 de abril de 2021, con independencia del número de trabajadores. Tiene como finalidad garantizar la transparencia retributiva y detectar posibles desigualdades entre mujeres y hombres.
Debe incluir los valores medios de los salarios, complementos y percepciones extrasalariales, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, puestos de igual valor y categorías.
Cuando la empresa supera los 50 empleados, el registro debe complementarse con una auditoría retributiva, incluida dentro del Plan de Igualdad.
¿Por qué es importante hacer un registro retributivo correctamente?
El uso de categorías de convenio de forma genérica puede generar informes poco precisos o incluso erróneos. En JDA realizamos una evaluación real y funcional de cada puesto de trabajo, garantizando un análisis que:
- Se adapta a la estructura real de la empresa.
- Refleja con claridad las posibles brechas retributivas.
- Aporta información valiosa para la toma de decisiones.
- Cumple con los criterios técnicos exigidos por la normativa.
Acompañamos a tu empresa en el cumplimiento real y estratégico de la igualdad
En Grupo JDA no nos limitamos a cumplir con el expediente. Diseñamos Planes de Igualdad y Registros Retributivos útiles, realistas y alineados con la cultura y estructura de cada organización.
Nuestro equipo está formado por especialistas en derecho laboral, análisis retributivo, negociación colectiva y cumplimiento normativo, lo que nos permite ofrecer un enfoque técnico y estratégico que va más allá del simple cumplimiento legal.
Nos implicamos en todas las fases: desde la evaluación inicial hasta la implantación de medidas, con especial atención a la prevención de riesgos jurídicos, la coherencia interna y la mejora continua.
Si buscas algo más que un documento estándar, JDA es tu aliado para construir políticas de igualdad que generan impacto real y confianza dentro y fuera de la organización.
Preguntas frecuentes sobre Planes de Igualdad y Registro Salarial
¿Qué órgano se encarga de supervisar el cumplimiento del Plan de Igualdad?
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social es la autoridad competente para comprobar que las empresas cumplen con las obligaciones establecidas en materia de igualdad y pueden requerir la presentación del plan.
¿Dónde se registra el Plan de Igualdad de una empresa?
Debe inscribirse en el Registro de Planes de Igualdad de las Empresas (REGCON), a través de la sede electrónica del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
¿Dónde se firma el Plan de Igualdad?
Se firma entre la empresa y la representación legal de las personas trabajadoras. En ausencia de esta, se constituye una comisión negociadora según la normativa vigente.
¿Cuántos años de vigencia tiene la auditoría retributiva?
La vigencia máxima es de cuatro años, aunque debe revisarse si hay cambios significativos en la estructura salarial, organizativa o de plantilla.
¿Cuánto tiempo se debe guardar el registro retributivo?
Debe conservarse durante al menos cuatro años y estar a disposición de la Inspección de Trabajo y la representación legal de los trabajadores.
¿Qué empresas están obligadas a tener un Plan de Igualdad?
Todas las empresas con 50 o más personas trabajadoras y aquellas que lo tengan estipulado por convenio o resolución administrativa.
¿Qué pasa si una empresa no tiene Plan de Igualdad siendo obligatorio?
Se expone a sanciones económicas, pérdida de acceso a licitaciones públicas y subvenciones, y posibles reclamaciones internas o externas.
¿El registro retributivo es obligatorio para todas las empresas?
Sí, el registro salarial es obligatorio para todas las empresas. En las de más de 50 empleados, debe ir acompañado de auditoría retributiva.
¿Qué diferencia hay entre el registro retributivo y la auditoría retributiva?
El registro es una fotografía de los salarios medios desagregados por sexo; la auditoría analiza, detecta desigualdades y propone mejoras, siendo parte esencial del Plan de Igualdad.
¿Qué beneficios aporta un Plan de Igualdad más allá del cumplimiento legal?
Mejora el clima laboral, refuerza la cultura corporativa, atrae talento y posiciona a la empresa como agente de cambio en materia de igualdad.
Contacta con nuestro equipo experto en Igualdad Laboral
En Grupo JDA te acompañamos en el diseño, negociación, registro e implantación de tu Plan de Igualdad y del Registro Retributivo. Cumple con tus obligaciones, anticipa riesgos y demuestra tu compromiso con la igualdad real.
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